
La Unión Europea, a través de su Tribunal de Justicia, ha vuelto a mostrar su apoyo a los derechos del colectivo LGBT.
Este Tribunal ha dictaminado que no se puede denegar la pensión de viudedad a un ciudadano gay tras el fallecimiento de su pareja de hecho, ya que esto supone una clara discriminación por motivo de la orientación sexual, algo que va radicalmente en contra de las leyes europeas.
La sentencia ha venido provocada por una cuestión prejudicial presentada por un juzgado de Alemania, que analizaba la situación de un ciudadano alemán al que le fue denegada la pensión de viudedad tras el fallecimiento de su compañero.
El Tribunal de Justicia, que tiene la sede en la ciudad francesa de Estrasburgo considera que en los países donde sólo pueden casarse personas de distinto sexo, las parejas gays que estén inscritas en los registros oficiales deben tener los mismos derechos que las parejas heterosexuales que han contraído matrimonio.
Por ello, afirma que esta denegación de la pensión al ciudadano alemán supone una “discriminación directa por motivos de la orientación sexual”.
El Tribunal de Justicia europeo ha determinado que deberá ser un tribunal de la ciudad alemana de Munich el que juzgue si el ciudadano alemán cumple el requisito de estar inscritos en el registro en una situación comparable a la de una pareja casada.
Vía l Terra

