Josep Maria Díaz vivió con su novio durante 22 años, hasta que hace cuatro se quedó viudo. Cuando esto ocurrió, aún no estaba permitido el matrimonio entre personas del mismo sexo en España. Por ello, la Seguridad Social le niega el derecho a recibir una pensión. Pero él, lejos de rendirse, ha recurrido al Tribunal Supremo.
Hay once casos como este en nuestro país, pero el de Josep María es el primero que llega al TS. Si éste fallara a su favor, se crearía jurisprudencia. «Mi pareja murió de un infarto en 2004. Un año después se aprobó la ley y decidí tramitar el cobro de la pensión en la Seguridad Social, pero me la denegaron», asegura Díaz.
El caso es que el Juzgado de lo Social número 7 de Barcelona sí que le dio la razón, pero la Seguridad Social recurrió y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña falló a favor de ésta. El motivo es que no estaban casados, a lo que Díaz argumenta que no podía hacerlo: «Con la Constitución en la mano, me están marginando».
Vía | ADN
Espero que gane
Yo tb me apunto. ESPERO QUE GANE
Pues nada, ya somos tres, jeje. Que gane!
Pues yo estoy a favor pero en contra, ahora me explico.
Las leyes son leyes y se ponen en una fecha determinada y desde ahí en adelante cuentan. Por ejemplo: los ¿2000? euros por niño que representa que ahora se dan. Que desde hace un tiempo exista esta ley no significa que los que tuvieron hijos antes tengan derecho a recibir ese dinero (ojalá!). Pues esto es lo mismo, antes no estaba permitido el matrimonio homosexual, pues no tiene derecho a ensión de viuedad. Es injusto, lo se y por eso digo que estoy a favor pero en contra. Cualquiera puede encontrar vacios legales y pedir lo que crea que le pertenece.
En este caso en contrato creo que se le deberia dar esa pensión, pero quien puede demostrar que esa pareja tenia intención de casarse (porque los 22 años no significan «nada»)?